El IDUV confirmó la desadjudicación de una vivienda en Río Turbio

RÍO TURBIO 07 de septiembre de 2022 Por Amir Navarro
Viviana Caballero, directora de Hábitat, informó que la familia tiene 10 días a partir de la notificación para apelar y que, hasta el momento, no fue notificada de ningún procedimiento por parte del abogado patrocinante.
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Viviana Caballero, directora de Hábitat del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, hizo referencia en el programa radial “Por la Tangente” a los motivos por los cuales se tomó la decisión de desadjudicar a la familia Soria – Díaz.

En diálogo con FM El Portal, Caballero manifestó: “Las viviendas que hace el IDUV son para que sean ocupadas. El trabajo que hacemos, en este caso, tiene que ver con las irregularidades que se presentan en una unidad ocupacional, lo que hace que recuperemos viviendas. Cuando se advierte que una vivienda no es ocupada o que la tenga alquilada ahí interviene el Instituto”, expresó.

“La desadjudicación tiene que ver con un trabajo territorial que se hace en toda la provincia de Santa Cruz. Hay antecedentes, el último en Río Turbio fue en junio cuando un equipo del IDUV visitó los planes habitacionales, más precisamente a quienes están realizando algún tipo de ocupación irregular, deuda en el pago y ampliaciones no declaradas”, señaló.

“Hay requisitos que cumplir. El equipo de abogados y trabajadores sociales está para determinar por qué no se está utilizando la vivienda. También se pueden refinanciar las deudas. En algunas situaciones, hay personas que están a disposición de corregir esto, y en otras es difícil tomar contacto con familias que no están en la localidad”, afirmó.

En este sentido, dijo que el IDUV no fue notificado de ningún procedimiento, por parte de un patrocinante legal que tenga la familia (que en este caso es el doctor León Obregón): “Se atienden proyectos legales, si se considera que hay una irregularidad se verá en la justicia. No se desadjudiicó hoy, ya hay un instrumento legal para que podamos recuperar la casa, y tiene un destino que es el uso único y familiar con permanencia contigua”, indicó.

“Si la persona no está en la localidad, no puede ocupar inmediatamente la vivienda, y no existe una evaluación social que refiera porque no están, algo sanitario, lo que corresponde es recuperar la vivienda. Si elige responder, tiene 10 días para apelar. No se violentó la casa. Existen los plazos legales. Vamos a responder lo que se requiera. Hay una desadjudicación clara”, sentenció.

Amir Navarro

Redactor Diario El Cóndor

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