Río Turbio: Circulación hasta las 18:00, restricción de ingreso y suspensión de actividades

RÍO TURBIO22 de mayo de 2021 Por Amir Navarro
El subsecretario de Inspección General, Fabián Barrera, indicó que se definió adherir al Decreto Provincial N° 582, el cual detalla cuáles son las medidas a tomar en las localidades de Santa Cruz.
Screenshot_20200929-123559_Gallery

En la jornada de hoy se reunió el Comité Operativo de Emergencia, conformado por el intendente Darío Menna, los entes descentralizados como Servicios Públicos y Distrigas, personal de Gendarmería Nacional, Polícia, Concejales y personal de tránsito, donde se definió las medidas a seguir en la localidad.

En diálogo con FM El Portal, el subsecretario de Inspección General, Fabián Barrera, señaló que se determinó la adhesión total desde el domingo 23 de mayo y hasta el 30, inclusive. La circulación será entre las 6:00 y las 18:00. Quedan exceptuados personales esenciales autorizados y de actividades críticas.

Las actividades económicas, comerciales, industriales y servicios serán entre las 6:00 y las 18:00 con el 30% de capacidad del lugar. Las estaciones de servicio y farmacias de turno podrán funcionar en horario normal. Se hizo hincapié en que no rige la modalidad par-impar.

En el caso de las confiterías, restaurantes, bares y cervecerías sólo podrán funcionar bajo modalidad take away (el cliente debe hacer el pedido de lo que quiera comprar y únicamente se acerca al local para abonarlo y llevarse el producto.

Se suspenden actividades culturales, recreativas y religiosas en espacios públicos y privados, como así también eventos sociales, actividad deportiva individual o grupal en lugares al aire libre o cerrado. No se podrá hacer turismo, actividades en gimnasios y centros culturales, actos públicos y utilizar plazas, espacios públicos, circuitos, senderos, entre otros.

“Estamos pidiendo que la gente no se alarme. Son medidas extraordinarias por la situación que estamos viviendo. Si quiere hacer alguna actividad de esparcimiento lo puede hacer alrededor de su casa o su patio interno. Quienes tengan prescripción médica, el personal del hospital se van a encargar de notificarlos”, recalcó.

También se definió dispensar desde el 26 al 28 de mayo a los trabajadores municipales, provinciales, entes autárticos, etc., quedando exceptuados los agentes esenciales de dichos organismos. 

Se limita la circulación por fuera de la Cuenca Carbonífera, salvo por motivos de urgencia debidamente acreditadas o por razones laborales de carácter esencial o crítico. Deberán contar con el Certificado Único Habilitante de Circulación  Emergencia Covid-19.

Cabe remarcar que a partir del 31 de mayo y hasta el 11 de junio se volverá a la modalidad de semáforo epidemiológico.

Por otra parte, se estableció que las empresas descentralizadas no tendrán atención al público, si por casos de emergencia, como es el caso de Servicios Públicos o Distrigas. YCRT solo tareas esenciales. La atención municipal se restringirá únicamente a servicios esenciales. 

En el caso de los taxis y remises, deberán garantizar los servicios después de las 18:00, con las guardias mínimas de cada agencia.

Asimismo, remarcó que quienes no tengan una justificación para circular después de las 18:00 se les efectuará la multa pertinente: “Hay cuestiones federales y provinciales en las cuales se aplica la normativa vigente”, señaló.

Consultado sobre el transporte urbano de pasajeros, dijo que podrá funcionar con el 30% de la capacidad del ómnibus. 

Amir Navarro

Redactor Diario El Cóndor

Te puede interesar