Información importante sobre la Veda Electoral ¿Qué no se puede hacer?
Hay varias cuestiones a tener en cuenta cuando entra en vigencia la veda electoral, a partir de las 0:00 del viernes 11 de agosto.
- Está prohibida la venta de bebidas alcohólicas: Desde el sábado 12, a las 20:00, y hasta el domingo 13, a las 21:00.
- No se permiten espectáculos públicos, reuniones públicas y/o deportivas: Desde el domingo 13, a las 0:00, hasta las 21:00.
- A 80 metros de le mesa receptora de votos
(durante el acto electoral) no se puede hacer lo siguiente:
■ La realización de reuniones de electores en los domicilios.
■ La utilización de las viviendas como depósito de armas.
■ La apertura de organismos partidarios.
■ La distribución de boletas de sufragios a los electores.
- 48 horas antes y hasta el cierre de los comicios no se puede realizar:
■ Actos públicos de proselitismo.
■ La publicación y difusión de encuestas y sondeo preelectorales.
■ La emisión y publicación de avisos publicitarios con el fin promover la capacitación del voto del elector.
- 48 horas antes y hasta 3 horas después del
cierre de los comicios no se puede publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.