Elecciones 2025: qué no se puede hacer durante la veda electoral

El viernes 24 de octubre a las 8:00 horas comenzará la veda electoral en todo el país, en el marco de las Elecciones Nacionales 2025. En esta nota, las principales disposiciones del Código Electoral que regirán durante este período.

SANTA CRUZ22/10/2025Amir NavarroAmir Navarro
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De acuerdo con el Código Electoral Nacional (Art. 71, inc. E), la veda electoral comenzará el viernes 24 de octubre a las 8:00 horas, en cumplimiento de las normas que buscan garantizar la transparencia y el normal desarrollo del acto democrático.

Entre las principales prohibiciones establecidas por el decreto 1246/2000, se destacan:

La realización de espectáculos públicos o reuniones no vinculadas al proceso electoral durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.

  • La venta de bebidas alcohólicas, que estará restringida desde las 20:00 del sábado hasta las 21:00 del domingo.
  • El porte de armas, banderas o distintivos partidarios desde doce horas antes del inicio del comicio y hasta tres horas después de su finalización.
  • La realización de actos de proselitismo, así como la publicación de encuestas o proyecciones desde 48 horas antes del -comienzo de la votación y hasta tres horas después de su cierre.
  • La toma de fotografías de la Boleta Única Papel (BUP) durante los comicios.

Asimismo, se recuerda que no podrán abrirse organismos partidarios ni realizarse reuniones de electores dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

Desde el municipio señalaron que estas medidas tienen como objetivo “garantizar la transparencia, la tranquilidad y el normal desarrollo de las elecciones”.

La comunidad puede consultar el padrón electoral ingresando a www.padron.gob.ar, y acceder a un video explicativo sobre cómo votar con Boleta Única Papel (BUP) en https://youtu.be/6PdCzBJl9Nc. Más información está disponible en el portal oficial www.argentina.gob.ar/elecciones-2025.

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